QUIÉN PUEDE SOLICITARLO
La persona física, arrendataria de su vivienda habitual, que acredite estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19 y que, además, cumpla los requisitos de la Orden de convocatoria en cuanto a ingresos y otros.
REQUISITOS Y OBSERVACIONES
Requisitos:
- Contrato de arrendamiento de vivienda habitual
- Situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia de COVID-19
- Ser español o tener residencia legal
- Renta igual o inferior a 600 euros mensuales, puede llegar hasta 900 euros en familias numerosas, variara el importe según la localidad
- Al corriente del pago del alquiler de enero, febrero y marzo de 2020
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
- Ninguna de las personas con domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada puede:
- Ser propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España
- Tener parentesco en primer o segundo grado de consanguineidad o de afinidad con el arrendatario
- Ser socia o partícipe del arrendador
Observaciones:
- Plazo de concesión máximo de 6 meses, a contar desde el 1 de abril de 2020 o desde la formalización del contrato si este es posterior, hasta el 30 de septiembre de 2020
- Cuantía de la ayuda hasta el 100%, con un máximo de 600 euros mensuales, incrementada hasta 900 euros en los supuestos de familias numerosas,se reduce según el municipio
- Importe máximo de 5.400 euros, con el límite máximo del préstamo concedido, en el supuesto de ayudas transitorias de financiación
- Límite presupuestario de 3.800.000 euros
- Forma de presentación de la solicitud por vía telemática o de forma presencial
Canales de información
- Teléfono. 976360711
De 9 a 17 horas de lunes a viernes
QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO
Documentos a aportar por la persona interesada
- Copia completa contrato de arrendamiento
- Justificante de pago de renta de alquiler
- Justificante de pago de suministros
- Ficha de terceros (arrendador, arrendatario o banco) y sellada por el banco
- Trabajador por cuenta ajena
- Justificante de ingresos del mes anterior de los miembros de la unidad familiar
- Certificado del centro de trabajo (Ingresos percibidos y por percibir)
- Certificado del SEPE (Ingresos percibidos y por percibir)
- Trabajador por cuenta propia
- Certificado de la Agencia tributaria estatal o CCAA
Certificado de la Agencia tributaria estatal o de CCAA, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado. - Justificante de ingresos a cuenta del IRPF del mes anterior a la solicitud
- Documento acreditativo de concesión de préstamo del ICO
- Certificado de la Agencia tributaria estatal o CCAA
- Certificado o volante colectivo de empadronamiento
Certificado o volante colectivo de empadronamiento del Ayuntamiento donde radique la vivienda, constara fecha de solicitud y personas que tienen su domicilio habitual en la vivienda objeto del contrato de arrendamiento los 6 meses anteriores - Libro de familia o inscripción de pareja de hecho
- Documento de cesión de derecho de cobro (descarga aquí)
- Declaración responsable art 13 de Ley de subvenciones (descarga aquí)
- Autorización de consulta y verificación de datos. Autorización para consultar a la administración y obtención de documentos (descarga aquí)
- Certificado de la empresa para afectados por un ERTE
- Declaración de discapacidad, dependencia o incapacidad permanente. Declaración de discapacidad, dependencia o incapacidad permanente para actividad laboral (incorporada en solicitud)
Documentos en poder de la administración y que no tendrás que presentar si nos autorizas a su consulta
- DNI o NIE de los miembros de la unidad familiar
- Estar al corriente con las AEAT,SS y Tributos de CCAA del solicitante
- Datos de discapacidad, tipo y grado
- Datos de dependencia
- Declaración del INSS de incapacidad permanente
- Familia numerosa
- Nota simple del registro de indices del Registro de la Propiedad
- Datos de la pensión
- Vida laboral
- Titulo de familia monoparental
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN
Puedes realizar este trámite tanto de forma presencial como online.
Para llevarlo a cabo presencialmente, ven a nuestras Oficinas de Información y Registro con la documentación requerida cumplimentada y firmada, en el siguiente horario:
De lunes a jueves de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 17:30 y los viernes de 9:00 a 14:00.
Para realizarlo online, pulsa en el botón “Iniciar trámite online”. Puedes llevar a cabo el trámite mediante certificado digital o sin ningún tipo de identidad digital, si careces de ella.
- Mediante certificado digital, podrás completar el trámite de forma online en su totalidad.
- Sin identidad digital, podrás llevar a cabo todo el proceso de tramitación, salvo el último punto de la firma de los documentos a entregar, que podrás realizar de forma presencial (y rápida) en las Oficinas de Información y Registro, en el horario de lunes a jueves de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 17:30 y los viernes de 9:00 a 14:00.