Jura de nacionalidad ante notario

Sep 29, 2021 | Jurídico

Desde este pasado 23 de septiembre ya es posible la jura de la nacionalidad ante notario gracias a la Ley del Registro Civil recientemente modificada. Así estableció en su artículo 68.3

“Las declaraciones de voluntad relativas a la adquisición de la nacionalidad española por residencia, carta de naturaleza y opción, así como su recuperación, conservación o pérdida, y las declaraciones de voluntad relativas a la vecindad, podrán realizarse ante el Encargado del Registro Civil, notario, o funcionario diplomático o consular encargado del Registro Civil.”

También el pasado 16 de septiembre de 2021, el Ministerio de Justicia ha dictado una instrucción en base a la referida ley dando las pautas para que esta jura notarial o consular sea posible.

La importancia de esta modificación esta debida a la ralentización de las citas ante el registro civil del domicilio de solicitante que podía ser hasta de un año de plazo.

La ley contempla establecer un sistema automatizado de registro que se irá implementando paulatinamente hasta el año 2023, y los notarios en estos momentos no están claros de los requisitos y procedimientos exactos que permitan la jura ante ellos. Informaremos en cuanto esté realmente operativa.

 

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