Recomendaciones viaje a Nicaragua

Abr 11, 2024 | Difusión, Jurídico, Trámites

RECOMENDACIÓN GENERAL

Se ruega a los ciudadanos españoles que viajen a Nicaragua que comuniquen por correo electrónico a la Embajada de España (emb.managua.sc@maec.es) sus fechas de estancia en el país y recorrido previsto, y que una vez en el país se inscriban en la Embajada para poder ser localizados en caso de necesitar asistencia.


DOCUMENTACIÓN Y VISADOS

Sólo se autoriza la entrada al país con pasaporte vigente con mínimo 6 meses de validez desde la fecha de entrada. 
 
 
Para el ingreso por vía terrestre y marítima, la Dirección General de Migración y Extranjería exige cumplimentar el formulario adjunto o rellenarlo online en el link  y remitirlo siete días antes del ingreso a Nicaragua a las siguientes direcciones electrónicas: solicitudes@migob.gob.ni y preyes@migob.gob.ni 
 
 
La Embajada recomienda vivamente a aquellos ciudadanos que realicen entrada por frontera terrestre o marítima al país, que sigan este mecanismo con el fin de evitar retrasos que podrían durar más de 24 horas en fronteras. 
 
 
Para el ingreso por vía aérea, la aerolínea correspondiente enviará un link para rellenar el formulario migratorio. Deberá hacerse dentro del plazo que establezca la aerolínea, quien lo trasladará a estas autoridades. Dependiendo de la política empresarial, hay algunas aerolíneas que trasladan los datos del pasajero directamente a las autoridades migratorias nicaragüenses sin necesidad de que el viajero rellene online formulario alguno. 
 
Para más información sobre la normativa y mecanismo relativo a dicho formulario puede consultar la presentación ppt.  
 
 
No es necesario visado para estancias inferiores a 90 días. No obstante, si se desea permanecer por un período superior, transcurridos 30 días desde la entrada en el país, deben personarse en las oficinas de Migración. De lo contrario, las multas ascienden a 50 Córdobas por día transcurrido en situación irregular.
 
Las autoridades aduaneras cobran una tasa de entrada de diez dólares EEUU. No existe tasa de salida.
 
Los ciudadanos españoles que ostenten además la nacionalidad nicaragüense, deben recordar que si sobrepasan los 90 días de estancia tras su entrada en el país con pasaporte español, deberán documentarse como nicaragüenses para permanecer y abandonar el país posteriormente.
 
Conforme lo dispuesto en la Ley No. 761, Ley General de Migración y Extranjería, los ciudadanos de otros países que visitan Nicaragua, durante su permanencia en el territorio nacional tienen el deber de conservar, portar y presentar, a solicitud de las autoridades competentes, su pasaporte u otro documento de identidad que acredite su situación migratoria en Nicaragua. De hallarse en situación migratoria irregular, serán remitidos a la Dirección General de Migración y Extranjería.

Se recomienda guardar la documentación en un lugar seguro y disponer siempre de copia del DNI y pasaporte para casos de sustracción y pérdida.


 
SEGURIDAD
 
La ley nicaragüense prohíbe la participación en actividades políticas a los extranjeros, lo que incluye las manifestaciones o concentraciones de personas.
 

De acuerdo con la reforma de la Ley Creadora de la Cinemateca Nacional establece en su artículo 12 que “Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que pretenda desarrollar en el territorio nacional actividades audiovisuales y cinematográficas de cualquier índole, deberá cumplir con los requisitos de registro ante la Cinemateca Nacional y contar con la debida autorización para la ejecución de tales actividades. Finalizada la producción, deberá depositar una copia de ésta en el Archivo Fílmico de la Cinemateca Nacional”.

De este modo, la ley atañe tanto a particulares como a personas jurídicas, ya sean nacionales o extranjeros, y en cualquier tipo de actividad de índole audiovisual con independencia de su formato y ámbito. Su incumplimiento puede comportar sanciones y la confiscación de lo filmado.


DIRECCIONES Y TELÉFONOS DE INTERÉS

Embajada de España en Nicaragua   
Dirección: Av. Central, 13 -Las Colinas-
C. P. 284-Managua- Nicaragua.
Apartado de Correos: 284.
Centralita (líneas fijas): (+505) 22 76 09 66 /67 /68
Centralita (líneas celulares): (+505) 8810 3947 /3551 /3948 /2630
Fax: (+505) 22 76 09 37
Teléfono de Emergencia Consular (limitado exclusivamente a ciudadanos españoles en Nicaragua que requieran protección consular inmediata y urgente por causa grave): (+ 505) 8889 5623
Dirección electrónica para consultas: emb.managua@maec.es

La Policía nicaragüense tiene una línea telefónica específica para atender a los turistas que se encuentren en Nicaragua y sufran algún tipo de incidente que requiera su atención. El acceso desde Nicaragua se realiza marcando el 101. No obstante, si constata dificultades para contactar, puede hacerlo directamente al 118 (emergencias Policía Nacional) o, desde fuera del país, al +505 2277 4130 (ó 4131/4132/4133/4134/4135/4136). En todo caso, siempre que sea posible, resulta conveniente acudir a la comisaría de policía más cercana.

Dirección General de Bomberos: +505 2222 4074

Principales líneas aéreas:

    • Aeroméxico +505 2263 1027/ 2263 1028
    • Avianca: +505 2276 9982
    • American Airlines +505 2266 5382
    • Copa +505 2267 0045
    • Delta +505 2254 8130/ 22339943
    • United Airlines +505 2276 8129

Principales hospitales:

    • Hospital Metropolitano Vivian Pellas: +505 2255 6900
    • Hospital Militar +505 2264 7570 

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