Uno de los mecanismos a los que se enfrenta una pareja conformada por un español y un extranjero para fijar su residencia en España es hacerse pareja de hecho. Hay otros mecanismos, pero la unión de hecho no deja de ser una solución.
¿Qué es una pareja de hecho?
- Consiste en la convivencia pública y estable entre dos personas de distinto o igual sexo, con intereses comunes en desarrollar una vida familiar, pero que no han contraído matrimonio..
Requisitos para inscripción en el registro y normativa
- Ser mayores de edad
- Voluntad de constitución de la pareja manifestada mediante escritura pública, o convivencia marital durante un periodo ininterrumpido de dos años acreditado por acta de notoriedad, documento judicial, o mediante cualquiera de los medios de prueba admitidos en derecho.
- No tener una relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción, ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el segundo grado.
- No estar ligados con vínculo matrimonial.
- No formar pareja estable no casada con otra persona.
- Tener vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Aragón.
Documentación necesaria
- Solicitud de inscripción en el registro de parejas estables no casadas (PDF, 179 KB)
- Declaración jurada de no ser miembro de otra pareja estable no casada y de no tener una relación de parentesco por consanguinidad o adopción, en línea recta o colateral en segundo grado. Declaración jurada (PDF, 126 KB)
- Acreditación de la existencia de pareja en alguna de las formas previstas en la normativa.
- Certificado de estado civil: Es un trámite personal y presencial a realizar en el Registro Civil del municipio en el que se está empadronado. En caso de ser extranjero, tendrá que solicitarse en el país de origen y estar apostillado por las instituciones competentes.
Si hay oposición en la solicitud de inscripción en el registro, a la consulta de datos desde la administración, relativos a los datos de identidad y de residencia, habrá de presentarse como documentación:
- DNI/NIE/Pasaporte
- Certificación del padrón municipal que acredite que las personas solicitantes se encuentran empadronadas en el mismo domicilio, y tienen la vecindad administrativa aragonesa.
Una vez firmado el impreso de solicitud, se puede presentar junto con el resto de documentación en estos servicios provinciales, o a través de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón, o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Para todos estos trámites se necesita cita previa, que puede solicitarse por:
- Cita previa con Servicios del Gobierno de Aragón por internet
- Por teléfono, llamando al número 976 701 708 de 9 a 14 horas de lunes a viernes
ZARAGOZA Plaza del Pilar, 3, planta baja, 50003 976 714 392 / 976 715 973 |
HUESCA Edificio San Jorge 65, 22003. 974 247 262 |
TERUEL Edificio Tres de Abril 1, 44002. 978 654 022 |
El horario de atención al público es de lunes a viernes de 9 a 14 horas.