Con la modificación del reglamento de la Ley de Extranjería se introduce un cambio importante en los permisos de residencia y trabajo.
A– Las renovaciones de residencia y trabajo por cuenta propia y ajena tendrán una validez de 4 años (antes eran de 2). Por ello no será necesario a partir de ahora renovar dos veces para solicitar la residencia de larga duración. La suma de la autorización inicial y de la renovación será de 5 años, requisito exigido para la residencia de larga duración. (Artículo 72)
B– Dichas renovaciones autorizan a trabajar tanto por cuenta propia como por cuenta ajena (anteriormente solo autorizaban a continuar realizando actividad inicial) o ambas a la vez.